miércoles, 20 de enero de 2010

No al CIERRE de Webs




Con la intención de que España cese en su conducta presuntamente infractora, si clikais en el título ( o en el link ), se abre el enlace para denunciar al Estado Español ante la Comisión Europea por el monopolio de las entidades de gestión.

Encontrareis la carta ( la reproduzco abajo ) y la forma de rellenarla con las direcciones para enviarla.

Es el momento de continuar actuando.

http://www.noalcierredewebs.com


A LA COMISION EUROPEA

DON/DOÑA [Nombre y apellidos (1)],

mayor de edad, con domicilio en [código postal, ciudad, número (2)],

con nacionalidad [nacionalidad (3)] y con [documento nacional de identidad / número de identificación de extranjero / pasaporte (4)] número [número (5)]

ante la Comisión Europea comparece y, como mejor proceda en Derecho, DICE:

I. Que por medio del presente escrito denuncia al Estado Español por los hechos y las circunstancias que se recogen en el «Informe Sobre Gestión Colectiva de Derechos de Propiedad Intelectual» de diciembre de 2009, cuya copia consta en la denuncia formulada por los letrados Don David Bravo Bueno y Don Javier de la Cueva González-Cotera, iniciadores del presente procedimiento (número de registro 809), y en base a lo que se mantiene en la página 86 del citado informe, cuya literalidad es la siguiente:

«De hecho, en la medida en que se pueda entender que es la propia legislación española de propiedad intelectual la que hace factible que las entidades de gestión adopten o puedan adoptar de forma reiterada comportamientos abusivos de su posición de dominio, no es del todo descartable conforme a la jurisprudencia comunitaria que la Comisión Europea pueda llegar a considerar que España es responsable de una infracción del artículo 86 del Tratado CE (actual art. 106 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), que impone a los Estados miembros la obligación de no adoptar ni mantener respecto de “aquellas empresas a las que concedan derechos especiales o exclusivos, ninguna medida contraria a las normas de los Tratados, especialmente las previstas en los artículos...” relativos a las normas de competencia, siendo así que el artículo 82 TCE (actual art. 102 del TFUE) prohíbe a las empresas la explotación abusiva de su posición dominante en el mercado.»

II. Que además, [no / sí (6)] tiene inconveniente en que sus datos sean conocidos por el Estado denunciado.

III. Que si bien es conocedor de que las denuncias por vulneración de la normativa comunitaria por parte de uno de los Estados miembros no necesitan de formalidades especiales, aunque exista un formato propuesto al efecto entiende que el utilizado en la presente denuncia no es óbice para su admisión y posterior tramitación.

Por lo expuesto,

A LA COMISION EUROPEA SOLICITA: Que habiendo por presentada esta denuncia por vulneración del art. 106 en relación con el 102 del TFUE, se admita a trámite y se prosiga el procedimiento conforme los trámites legales.

Lo que solicita en [lugar y fecha (7)].

Firmado: (8)




Rosario Olmos Campanales



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